La punibilidad del comportamiento del mulero o phisher-mule en derecho penal español: análisis de la sentenciadel tribunal supremo 834/2012 de 25 de octubre
El trabajo expone una propuesta de solución a un problema que se presenta con no poca fre-cuencia en la jurisprudencia: determinar bajo qué tipo penal es punible el comportamiento del mulero o phisher-mule. Se presentará la solución a partir del análisis de los hechos probados de la sentencia del Tr...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Huelva (UHU) |
| Repositorio: | Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ariasmontano.uhu.es:10272/19299 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10272/19299 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Mulero Phisher-mule Receptación Estafa informática Blanqueo de capitales doloso e imprudente Reception Computer scam Money laundering intentional and reckless |
| Sumario: | El trabajo expone una propuesta de solución a un problema que se presenta con no poca fre-cuencia en la jurisprudencia: determinar bajo qué tipo penal es punible el comportamiento del mulero o phisher-mule. Se presentará la solución a partir del análisis de los hechos probados de la sentencia del Tribunal Supremo 834/2012 de 25 de octubre. La tesis que se somete a prueba afirma que, el comporta-miento del mulero o phisher mule es punible como delito de receptación y no como delito de blanqueo de capitales doloso o imprudente ni como delito de estafa informática.Entre las razones que tenemos para sostener lo anterior, están las siguientes: a) el delito previo, la estafa informática, es un delito contra el patrimonio; b) el mulero no es ni autor ni cómplice del delito previo; y, c) de manera fundamental, por ser la pena de este tipo penal más proporcionada que la del blanqueo, a la menor gravedad del comportamiento del mulero en comparación con el autor de la estafa, se debe preferir su aplicación |
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