Los sujetos de la negociación colectiva europea

El artículo 139.2 del Tratado de la CE (vigente artículo 155 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) regulaba los acuerdos colectivos reforzados cuyo contenido se plasmaba en una directiva para forzar su aplicación en todos los Estados miembros; mientras que el apartado primero del mismo...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Ferreiro Regueiro, Consuelo
Tipo de documento: capítulo de livro
Data de publicação:2006
País:España
Recursos:Universidad de Santiago de Compostela (USC)
Repositório:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
Idioma:espanhol
OAI Identifier:oai:minerva.usc.gal:10347/42998
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/10347/42998
Access Level:Acceso aberto
Palavra-chave:Negociación colectiva europea
Sujetos negociadores
Acuerdos colectivos reforzados
Acuerdos colectivos libres
56 Ciencias jurídicas y derecho
Descrição
Resumo:El artículo 139.2 del Tratado de la CE (vigente artículo 155 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) regulaba los acuerdos colectivos reforzados cuyo contenido se plasmaba en una directiva para forzar su aplicación en todos los Estados miembros; mientras que el apartado primero del mismo artículo se refería a los acuerdos colectivos libres que, carentes de eficacia normativa, se asegura su aplicación a través de las obligaciones contractuales contraídas por los sujetos negociadores. Justamente, la idea de aparente debilidad en la celebración y aplicación de acuerdos colectivos en el ámbito europeo hace depender su eficacia real de la audiencia, de la representatividad de los interlocutores sociales en ese ámbito europeo, de dónde proceden y de cuáles son sus miembros.