El difícil encuadre del asilo diplomático como derecho humano. A propósito de la opinión consultiva número 25 de la Corte Interamericana

En su opinión consultiva número 25, adoptada a solicitud de Ecuador, la Corte Interamericana vuelve sobre el tema del asilo, que ya había tratado en pronunciamientos anteriores. Insiste en su afirmación, que se muestra problemática, de que la Convención y la Declaración americanas consagran un verda...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Arlettaz, Fernando Emmanuel
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2019
País:Argentina
Institución:Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Repositorio:CONICET Digital (CONICET)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ri.conicet.gov.ar:11336/130437
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11336/130437
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:ASILO
ASILO DIPLOMÁTICO
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
https://purl.org/becyt/ford/5.5
https://purl.org/becyt/ford/5
Descripción
Sumario:En su opinión consultiva número 25, adoptada a solicitud de Ecuador, la Corte Interamericana vuelve sobre el tema del asilo, que ya había tratado en pronunciamientos anteriores. Insiste en su afirmación, que se muestra problemática, de que la Convención y la Declaración americanas consagran un verdadero derecho individual a recibir asilo. Por otra parte, según la Corte, aunque ese derecho no incluye el asilo diplomático, por aplicación del principio de no devolución, los Estados deben abstenerse de entregar a las personas que lo solicitan cuando exista un riesgo para su vida o libertad. No surge claramente, sin embargo, cuáles son las obligaciones del Estado territorial ante el otorgamiento del asilo diplomático o la abstención de entrega basada en el principio de no devolución por parte de otro Estado.