La excusa absolutoria y su evaluación discrecional del magistrado en la comisión de los delitos del artículo 208 del código penal
El objetivo general fue determinar la propuesta de modificatoria del Art. 208 del Código Penal Peruano. Por cuanto, los delitos de hurto, apropiaciones, defraudaciones o daños que se causen: los parientes más cercanos; no son reprimibles. Para lo cual se realizó una investigación de tipo dogmático-j...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de publicación: | 2018 |
| País: | Perú |
| Recursos: | Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo |
| Repositorio: | UNASAM-Institucional |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:172.16.0.151:UNASAM/2379 |
| Acesso em linha: | http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/2379 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palavra-chave: | Derecho penal Excusa absolutoria Evaluación Discrecional Juez |
| Resumo: | El objetivo general fue determinar la propuesta de modificatoria del Art. 208 del Código Penal Peruano. Por cuanto, los delitos de hurto, apropiaciones, defraudaciones o daños que se causen: los parientes más cercanos; no son reprimibles. Para lo cual se realizó una investigación de tipo dogmático-jurídico, consistente en el análisis de la norma referida; aplicándose la metodología hermenéutica, el argumentativa, dogmática y exegética. Las técnicas empleadas: análisis documental y la bibliografía, como sus instrumentos: análisis de contenido y las fichas. Las variables fueron: “La excusa absolutoria” y “Evaluación discrecional”. Así las causas personales de exclusión de punibilidad entre los parientes son genéricas y no considera algunas condiciones excepcionales o circunstancias agravantes que hacen inaplicable esta norma legal y que permite que al autor de uno o más de estos ilícitos penales, no se le aplique una pena. La investigación logró validar la hipótesis en base a la teoría de la argumentación jurídica. Los delitos señalados en el articulado citado y por la naturaleza de su comisión e implicancias en el contexto familiar y social, no solo deteriora la relación consanguínea y afín, sino la afectación tiene una incidencia directa en la relación familiar. Concluyéndose que debe de otorgarse facultades discrecionales tanto a los Fiscales como a los Jueces para viabilizar todas las condiciones procesales que permitan la aplicación de una sanción punitiva legal |
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