Juicio cambiario

De conformidad con la dicción literal del art, 819 LEC, solo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley Cambiaria y del Cheque (LCCh). En consecuencia, los requisitos que deben cumplir los títulos cambiari...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Jiménez Cardona, Noemí
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2024
País:España
Institución:Universidad de Barcelona
Repositorio:Dipòsit Digital de la UB
OAI Identifier:oai:diposit.ub.edu:2445/227432
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2445/227432
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Procediment civil
Lletres de canvi
Pagarés
Xecs
Dret mercantil
Civil procedure
Bills of exchange
Promissory notes
Checks
Commercial law
Descripción
Sumario:De conformidad con la dicción literal del art, 819 LEC, solo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley Cambiaria y del Cheque (LCCh). En consecuencia, los requisitos que deben cumplir los títulos cambiarios vienen fijados por la LEC, pero son concretados por la LCCh.