La capacidad para contratar en los Códigos civiles francés, español y catalán: el menor de edad
En mi breve intervención me referiré a la capacidad, o, mejor, las capacidades –en plural– para celebrar contratos. En concreto, me ceñiré al supuesto del menor de edad. Mi intención es empezar contrastando la regulación del Code civil français (CCfr) y del Código civil español (CCe), para acabar re...
| Autor: | |
|---|---|
| Tipo de recurso: | capítulo de libro |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2020 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:2445/217967 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/217967 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Contractes Menors Dret civil Contracts Minors Civil law |
| Sumario: | En mi breve intervención me referiré a la capacidad, o, mejor, las capacidades –en plural– para celebrar contratos. En concreto, me ceñiré al supuesto del menor de edad. Mi intención es empezar contrastando la regulación del Code civil français (CCfr) y del Código civil español (CCe), para acabar refiriéndome a la regulación catalana, partiendo de lo que ya prevé al respecto el Libro segundo del Código civil de Cataluña (CCCat), en relación a la persona, y apuntando posibles enfoques de la cuestión, en su caso, en el Libro sexto CCCat, relativo a las obligaciones y los contratos, cuyo Título I (dedicado a las disposiciones generales) está aún sin contenido. . |
|---|