La capacidad para contratar en los Códigos civiles francés, español y catalán: el menor de edad

En mi breve intervención me referiré a la capacidad, o, mejor, las capacidades –en plural– para celebrar contratos. En concreto, me ceñiré al supuesto del menor de edad. Mi intención es empezar contrastando la regulación del Code civil français (CCfr) y del Código civil español (CCe), para acabar re...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ginebra Molins, M. Esperança
Tipo de recurso: capítulo de libro
Estado:Versión aceptada para publicación
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya)
Repositorio:Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya
OAI Identifier:oai:recercat.cat:2445/217967
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2445/217967
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Contractes
Menors
Dret civil
Contracts
Minors
Civil law
Descripción
Sumario:En mi breve intervención me referiré a la capacidad, o, mejor, las capacidades –en plural– para celebrar contratos. En concreto, me ceñiré al supuesto del menor de edad. Mi intención es empezar contrastando la regulación del Code civil français (CCfr) y del Código civil español (CCe), para acabar refiriéndome a la regulación catalana, partiendo de lo que ya prevé al respecto el Libro segundo del Código civil de Cataluña (CCCat), en relación a la persona, y apuntando posibles enfoques de la cuestión, en su caso, en el Libro sexto CCCat, relativo a las obligaciones y los contratos, cuyo Título I (dedicado a las disposiciones generales) está aún sin contenido. .