La relación entre la jubilación y la negociación colectiva tras las últimas reformas

El objetivo de este trabajo es analizar la forma como la reciente negociación colectiva -tanto a nivel empresarial como supraempresarial- está abordando la cuestión de la jubilación, teniendo presente los importantes cambios legales incorporados en dicho ámbito en los últimos años. Análisis del que...

Full description

Bibliographic Details
Author: Gala Durán, Carolina|||0000-0002-0074-8321
Format: article
Publication Date:2017
Country:España
Institution:Universitat Autònoma de Barcelona
Repository:Dipòsit Digital de Documents de la UAB
Language:Spanish
OAI Identifier:oai:ddd.uab.cat:184050
Online Access:https://ddd.uab.cat/record/184050
Access Level:Open access
Keyword:Jubilación
Negociación Colectiva
Trabajadores de edad avanzada
Retirement
Old workers
Collective bargaining
Description
Summary:El objetivo de este trabajo es analizar la forma como la reciente negociación colectiva -tanto a nivel empresarial como supraempresarial- está abordando la cuestión de la jubilación, teniendo presente los importantes cambios legales incorporados en dicho ámbito en los últimos años. Análisis del que se desprenden conclusiones como las siguientes: el que la materia jubilación sigue constituyendo una cuestión importante para los negociadores de los convenios colectivos; el particular interés que se muestra por la figura de la jubilación parcial, a pesar de su escasa aplicación práctica; la adecuación de la negociación colectiva al hecho de que no es posible pactar la jubilación forzosa de los trabajadores, pero también la presencia de una cierta resistencia ante dicha imposibilidad, manifestándose, además, una cierta esperanza de que la normativa vuelva a cambiar y permita dicha jubilación forzosa; el escasísimo interés de los convenios respecto a la jubilación anticipada de los trabajadores; y el claro uso de los premios de jubilación y de los propios planes de pensiones como instrumentos destinados no solo a complementar la correspondiente pensión de jubilación sino también a fomentar que el trabajador se jubile a la edad ordinaria prevista legalmente (se convierten en herramientas para "animar"(o forzar) a los trabajadores a jubilarse). A nuestro entender, el fomento del envejecimiento activo o de la permanencia de los trabajadores de edad en el mercado de trabajo no constituye, precisamente, un objetivo preferente para los negociadores de los vigentes convenios colectivos.