La conservación de la ciudad patrimonial. El planeamiento urbanístico como instrumento para la protección

La protección de la ciudad histórica comienza en España en los inicios del siglo XX. Al principio como conjuntos de edificios y de parajes pintorescos, después como conjuntos urbanos, y finalmente como conjuntos históricos. Protección jurídica que se inicia en 1929 en el caso de Andalucía, y que tie...

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Bibliographic Details
Author: Becerra García, Juan Manuel
Format: doctoral thesis
Status:Published version
Publication Date:2017
Country:España
Institution:Universidad de Sevilla (US)
Repository:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/64981
Online Access:http://hdl.handle.net/11441/64981
Access Level:Open access
Keyword:Patrimonio histórico
Legislación patrimonio histórico
Ley 16/1985
Ley 14/2007
Conjunto histórico
Instrucciones bellas artes
Planeamiento de protección
Plan de gestión
Patrimonio mundial
Andalucía
Historical heritage
Legislation historical heritage
Law 16/1985
Law 14/2007
Historical set
Instructions fine arts
Protection planning
Management plan
World heritage
Andalusia
Description
Summary:La protección de la ciudad histórica comienza en España en los inicios del siglo XX. Al principio como conjuntos de edificios y de parajes pintorescos, después como conjuntos urbanos, y finalmente como conjuntos históricos. Protección jurídica que se inicia en 1929 en el caso de Andalucía, y que tiene un gran auge a partir de los años 60. La protección de esas ciudades fue realmente efectiva, porque la mayoría conservan sus valores patrimoniales. En este primer periodo la responsabilidad de la conservación de la ciudad histórica recae en la Administración cultural. Desde muy pronto la legislación del patrimonio histórico establece un modelo de protección de la ciudad histórica diferenciado del resto del patrimonio histórico. En los años 60 se redactan las Instrucciones para la defensa de conjuntos históricos. Son un intento de redactar normas urbanísticas desde la Administración Cultural, entrando en conflicto con las normas municipales. La Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español vincula la protección de la ciudad histórica al planeamiento urbanístico de protección, resolviendo el conflicto. Las leyes de patrimonio histórico de las Comunidades Autónomas copian este modelo. Andalucía también sigue esta fórmula en sus leyes del patrimonio histórico de 1991 y 2007. A la vez la legislación urbanística integra la conservación de la ciudad histórica en su articulado. Ya no solo protege la ciudad histórica la legislación del patrimonio histórico, sino que también lo hace la legislación urbanística. La responsabilidad de la conservación de la ciudad histórica recae también en la Administración urbanística. Y con el planeamiento de protección aprobado, la responsabilidad de la conservación de la ciudad histórica termina en los Ayuntamientos. Pero la Ley 16/1985 no ha tenido el efecto deseado, y aún siguen sin tener redactado el planeamiento de protección un buen número de conjuntos históricos. Habiendo transcurrido más de treinta años desde que entró en vigor la Ley. No obstante, un nuevo modelo de gestión de ciudad histórica se propone desde la comunidad internacional. Un nuevo modelo, el plan de gestión, que incluye otros aspectos además del planeamiento de protección. Un nuevo modelo que busca una ciudad sostenible y una gobernanza participativa, implicando a la población en la conservación.