Peculiaridades del régimen tributario petrolero ecuatoriano
El presente trabajo tiene por objeto principal el aclarar varios conceptos respecto a la materia petrolera, y dar énfasis dentro de aquella a los aspectos tributarios. Por ello durante este trabajo se estudiará las principales formas contractuales en relación con las actividades de exploración y exp...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2003 |
| País: | Ecuador |
| Institución: | Universidad Andina Simón Bolivar |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/2481 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10644/2481 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | EXPLOTACIÓN PETROLERA EMPRESAS PETROLERAS CONTRATOS COMERCIALES POLÍTICA PETROLERA ADMINISTRACIÓN Y PROCEDIMIENTOS DE IMPUESTOS IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DERECHO TRIBUTARIO REEMBOLSO DE IMPUESTOS |
| Sumario: | El presente trabajo tiene por objeto principal el aclarar varios conceptos respecto a la materia petrolera, y dar énfasis dentro de aquella a los aspectos tributarios. Por ello durante este trabajo se estudiará las principales formas contractuales en relación con las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos. Se pretende dar una visión sobre el alcance los órganos encargados del control petrolero, y sí, en realidad tal control se existe. Más adelante se hará un análisis constitucional sobre las principales normas que protegen a los inversionistas extranjeros que invierten sus capitales en el Ecuador, respecto de la actividad petrolera. Se estudiará la posición del Servicio de Rentas Internas en cuanto hace relación a la devolución del impuesto al valor agregado, solicitado, por las compañías petroleras, mediante sendos recursos administrativos tributarios y demandas judiciales, éstas últimas que en la mayoría de los casos fueron rechazas, y unas pocas aceptadas parcialmente, solo respecto a una diferencia equivalente al dos por ciento producto del incremento de la tarifa del impuesto al valor agregado del diez al doce por ciento, y previo la verificación del Servicio de Rentas Internas a la contabilidad de las compañías actoras, para determinar si dicho impuesto se lo imputó o no al gasto. De manera somera se dará una exposición sobre cuestiones procesales tributarias, y al final realizar las conclusiones y recomendaciones del caso. |
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