La motivación como una garantía del debido proceso en el sistema de aplicación de justicia ecuatoriano

Actualmente en el Ecuador, el sistema procesal de administración de justicia, responde a la nueva corriente constitucionalista (Neoconstitucionalismo) plasmada en la constitución del año 2008 mediante el cual se garantiza el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. En el Articulo 76 numeral “7”,...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Samaniego Carrillo, Dalton Ramiro
Tipo de documento: artigo
Estado:Versão publicada
Data de publicação:2019
País:Ecuador
Recursos:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositório:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:espanhol
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/10020
Acesso em linha:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/10020
Access Level:Acceso aberto
Palavra-chave:DEBIDO PROCESO
JUSTICIA ECUATORIANA
Descrição
Resumo:Actualmente en el Ecuador, el sistema procesal de administración de justicia, responde a la nueva corriente constitucionalista (Neoconstitucionalismo) plasmada en la constitución del año 2008 mediante el cual se garantiza el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. En el Articulo 76 numeral “7”, literal “L” de la Constitución política del Ecuador, establece que las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncias las normas