Colonialidades legales: la constitucionalización de la justicia indígena y la continuidad del discurso judicial hegemónico en Ecuador

Este estudio examina una sentencia vinculante sobre la exigibilidad de la justicia indígena dictada en 2014 por la Corte Constitucional de Ecuador. Si bien la plurinacionalidad, la interculturalidad y la jurisdicción indígena se habían reconocido en la Constitución de 2008, evidenciamos que la decis...

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Detalhes bibliográficos
Autores: López Hidalgo , Sebastián, Tapia Tapia, Silvana
Tipo de documento: artigo
Estado:Versão publicada
Data de publicação:2022
País:Colombia
Recursos:Universidad Externado de Colombia
Repositório:Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:espanhol
OAI Identifier:oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/11481
Acesso em linha:https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/11481
https://doi.org/10.18601/01229893.n52.10
Access Level:Acceso aberto
Palavra-chave:Ecuador,
constitutional justice,
indigenous justice,
human rights,
Plurinational State
justicia constitucional,
justicia indígena,
derechos humanos,
Estado plurinacional
Descrição
Resumo:Este estudio examina una sentencia vinculante sobre la exigibilidad de la justicia indígena dictada en 2014 por la Corte Constitucional de Ecuador. Si bien la plurinacionalidad, la interculturalidad y la jurisdicción indígena se habían reconocido en la Constitución de 2008, evidenciamos que la decisión de la Corte no transmitió una comprensión intercultural del Estado plurinacional. Con base en un examen de los registros parlamentarios de la Asamblea Constituyente de 2007-2008 y sus mesas de trabajo, analizamos las peticiones del movimiento indígena y las comparamos con la sentencia constitucional de 2014, evidenciando un momento inicial de aparente inclusión en la fase constituyente, que luego se confirma como de exclusión a través de la práctica de la Corte. Argumentamos que la aspiración indígena a un Estado plurinacional no era solo una demanda de inclusión, sino que constituía un llamado contrahegemónico que debería haber proporcionado las bases para integrar diversas representaciones de la justicia en la práctica judicial. Sin embargo, la Corte legitimó una imagen monolítica de la justicia, restringiendo la protección del derecho a la vida a los límites del derecho penal. La Corte Constitucional reafirmó así al aparato penal como el único mecanismo legítimo para proteger la vida como bien jurídico, lo que a su vez subordina a la justicia indígena, restringiendo severamente su aplicabilidad. Este caso nos puede advertir sobre los peligros de un reconocimiento constitucional inferior en contextos jurídicos plurales.