Rescatando una norma del olvido: el Art. VIII de la Convención contra el Genocidio y la Responsabilidad de Proteger

El trabajo estudia el origen y la interpretación del art. VIII de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, así como los problemas para su invocación en la práctica, y propone una lectura actual de la norma, a través del prisma de la Responsabilidad de Proteger. En particul...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Pezzano, Luciano
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Argentina
Institución:Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Repositorio:CONICET Digital (CONICET)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ri.conicet.gov.ar:11336/152249
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11336/152249
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:GENOCIDIO
CONVENCIÓN DE 1948
NACIONES UNIDAS
AMENAZA A LA PAZ
RESPONSABILIDAD DE PROTEGER
https://purl.org/becyt/ford/5.5
https://purl.org/becyt/ford/5
Descripción
Sumario:El trabajo estudia el origen y la interpretación del art. VIII de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, así como los problemas para su invocación en la práctica, y propone una lectura actual de la norma, a través del prisma de la Responsabilidad de Proteger. En particular, plantea que el art. VIII puede ser considerado como un precursor de la Responsabilidad de Proteger, al haber reconocido expresamente las competencias de los órganos de las Naciones Unidas en materia de prevención y represión del genocidio en una fecha tan temprana como en 1948 y, de esa forma, sentar una importante base jurídica para la existencia de una responsabilidad de la comunidad internacional de proteger a las poblaciones de semejante crimen.